Este artículo busca fortalecer la transparencia y el acceso a la información pública sobre el uso de los recursos del Estado.
Dispone que todas las entidades del sector público —ministerios, instituciones descentralizadas, autónomas y empresas estatales— deben publicar mensualmente, dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, un informe detallado sobre las compras de baja cuantía (pequeñas adquisiciones).
Decreto del congreso 36-2004, Articulo 33
Decreto del congreso 36-2004, Articulo 33
